JUJUY
Lo sucedido hace unos pocos días en la sala de audiencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
es una metáfora de las desigualdades que impactan al mundo indígena y
un indicador del extenso camino que habrá que recorrer en Argentina, para que la multiculturalidad y la efectivización de los derechos de los pueblos que preexistieron al Estado, sean una realidad.
El imponente edificio de la
Corte, que arquitectónicamente responde al clasisismo europeo, está
plagado de los símbolos de aquella Vieja Europa que se lanzó a la
conquista. Hay en ese espacio algo de esa antigua tensión entre
conquistadores y conquistados que insiste, que retorna y se expresa en
la ritualidad de la justicia. El espacio está inundado por un conjunto
de prácticas, de gestos, de productos simbólicos a través de los cuales
se ejerce también el poder, se controla y se disciplina. Cierto es que
esta es una Corte progresista, pero no deja de estar atravesada por los
símbolos de la cultura dominante y una suerte de etnocentrismo.
La Sala de Audiencias, es un
gran espacio alargado con una bóveda de cañón casetonada. Sus paredes
están recubiertas de madera de cedro. Sobre el sitial del Presidente de
la Corte, se halla una réplica del "Cristo de los Constituyentes". Desde
allí, los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan
Carlos Maqueda y Carlos Fayt, lanzaron impertérritos sus interrogaciones
a las partes convocadas: el Gobierno de la Provincia de Jujuy y las
comunidades indígenas que reclamaron a ese tribunal que condene al
Estado por violentar su derecho a la participación, la consulta y el
consentimiento previo, libre e informado.
La demanda fue la reacción
frente a perforaciones –sin autorización estatal, aparentemente-
realizadas en la región de la Cuenca de Guayatayoc, Salinas Grandes, en
un contexto definido por el boom del litio. Las comunidades temen que la
explotación del litio altere ese ecosistema y las prive de su fuente
principal de subsistencia, las salinas. Esto obligaría a una
transmigración, un fenómeno que crece a medida que se extiende el modelo
de desarrollo extractivo y que aumenta la vulnerabilidad de los pueblos
indígenas.
La convocatoria de la Corte a
una audiencia para escuchar a las partes involucradas, es sin dudas un
avance en la interlocución entre los pueblos y el Estado, y un
reconocimiento de su existencia. Algo no menor, en un país que se había
obstinado en invisibilizar su componente étnico. Es un hito en el
proceso de reconocimiento y en el intento por comprender la
especificidad del derecho indígena que está enraizado en una concepción
diferente a la de Occidente, y que por ello requiere una experticia ya
no sólo jurídica, sino también antropológica.
Que reclaman las Comunidades Indigenas de Salinas
Durante la audiencia, la Corte
solicitó insistentemente a la representación de las comunidades -a cargo
del dirigente Liborio Flores y la abogada Alicia Chalabe- precisiones
sobre el objeto de la demanda y lo que se espera ese tribunal requiera
finalmente al Estado. Los miembros de la Corte, daban cuenta en ese
proceso de la dificultad para interpretar la demanda indígena, que puso
en debate cómo se vincula el Estado con los pueblos originarios.
Insistentemente también la
abogada, definió “esperamos un proceso de consulta con los estándares de
derechos humanos” y señaló las pautas que deben regir ese procedimiento
y que fueron fijadas por la Corte Interamericana de Derechos Humano en
el fallo Saramaka vs Surinam.
Allí el máximo órgano del
sistema interamericano recordó en primer término que “los Estados deben
respetar la especial relación que los miembros de los pueblos indígenas y
tribales tienen con su territorio a modo de garantizar su supervivencia
social, cultural y económica”. Un concepto que varias veces fue
explicado por la abogada Chalabe: la relación de las comunidades con su
territorio es una relación “casi humana”, define su identidad y su
existencia misma. Las comunidades son en el territorio y sin él,
desaparecen.
En el fallo mencionado, la CIDH
al condenar a Suriman señaló que “el Estado tiene el deber de consultar,
activamente, con la comunidad, según sus costumbres y tradiciones”. Es
decir se trata de un procedimiento adecuado culturalmente, con los
métodos tradicionales de su pueblo.
Pero además ese deber ·requiere
que “el Estado acepte y brinde información, e implica una comunicación
constante entre las partes. Las consultas deben realizarse de buena fe,
a través de procedimientos culturalmente adecuados y deben tener como
fin llegar a un acuerdo”. El procedimiento, entonces requiere de una
actitud proactiva del Estado en la provisión de información,
información que debe ser comprensible para las comunidades, debe ser
oportuna y suficiente para entender las intervenciones que se prevén en
su territorio y sus posibles efectos.
Pero además la CIDH avanza en
precisiones y señala que el deber de consulta debe garantizarse en las
primeras etapas del plan de desarrollo o inversión, y no únicamente
cuando surja la necesidad de obtener la aprobación, por ejemplo para un
proyecto minero. Es decir, debe haber un esfuerzo por participarle a las
comunidades los proyectos de desarrollo antes de que se definan.
La CIDH en ese fallo además
señala que el Estado, debe asegurarse que los indígenas ·tengan
conocimiento de los posibles riesgos, incluido los riesgos ambientales y
de salubridad, a fin de que acepten el plan de desarrollo o inversión
propuesto con conocimiento y de forma voluntaria”.
Pero además, la Corte no solo
define el derecho de participación y consulta de las comunidades, sino
que además precisa el derecho al consentimiento previo, libre e
informado, tomando los aportes de la Relatoría Especial de la ONU sobre
pueblos indígenas. “Siempre que se lleven a cabo proyectos a gran escala
en áreas ocupadas por pueblos indígenas, es probable que estas
comunidades tengan que atravesar cambios sociales y económicos profundos
que las autoridades competentes no son capaces de entender, mucho menos
anticipar.
Los efectos principales […]
comprenden la pérdida de territorios y tierra tradicional, el desalojo,
la migración y el posible reasentamiento, agotamiento de recursos
necesarios para la subsistencia física y cultural, la destrucción y
contaminación del ambiente tradicional, la desorganización social y
comunitaria, los negativos impactos sanitarios y nutricionales de larga
duración [y], en algunos casos, abuso y violencia. En consecuencia, el
Relator Especial de la ONU determinó que “es esencial el consentimiento
libre, previo e informado para la protección de los derechos humanos de
los pueblos indígenas en relación con grandes proyectos de desarrollo”.
Nada de esto ha ocurrido en las
Salinas Grandes, donde según el Fiscal de Estado Alberto Matuk, no hay
autorizaciones para trabajos de exploración o explotación. Sin embargo,
la información pública de empresas como Orocobre, alertan sobre
previsiones en ese sentido en la región. El Fiscal, ante la Corte, negó
que haya autorizaciones, aunque si reconoce que hay pedimentos que aún
no se han resuelto.
Las comunidades lo que saben con
certeza es que hay una política de Estado que ha definido como eje del
desarrollo económico la explotación del litio. Y esto no ha sido un tema
consultado previamente a los pueblos indígenas, ni se les ha provisto
información para que pudieran tener conocimiento y reducir la
incertidumbre y la desazón que genera el no conocer lo que está
sucediendo.
Lo que también saben las
comunidades que concurrieron a la Corte es que hay litio en las Salinas.
Y conocen, porque lo han vivido, la intromisión en sus territorios de
particulares que representarían a empresas.
De hecho, la comunidad de
Santuario de Tres Pozos observó un área inundada tras una perforación
realizada en el marco de trabajos de prospección minera. Un informe
técnico efectuado a pedido del COAJ, por el Dr. En Biología Jorge Gonnet
y el Dr. En Geología Aníbal Manzur determinó que la situación se
produjo al haberse afectado un acuífero y destacó que “esta situación de
inundación está afectando la condición natural de la salina en el
sitio”.
Los técnicos advirtieron
entonces que “si la condición de surgencia se extiende en el tiempo, se
generará una importante superficie de agua permanente, que provocará un
impacto significativo sobre el sistema salino, afectando la posibilidad
de la explotación tradicional de sales”. Situaciones similares vivieron
las comunidades de Cobres, Tipán y Cerro Negro de Salta, quienes
observaron la realización de pozos con una máquina perforadora en el
sector del Salar de Salinas Grandes, que también generó inundaciones con
“agua que fluye y es dulce”.El Estado, debe obtener el consentimiento
de los pueblos indígenas para llevar a cabo planes de desarrollo o
inversión a gran escala que tengan un impacto significativo en el
derecho al uso y goce de sus territorios ancestrales. Esto es lo que
debió ocurrir en Salinas.
Y la participación y consulta
debió ser desde el inicio, aún cuando no haya aún exploraciones.. El
Fiscal de Estado entiende, porque así lo dijo ante la Corte, que “el
ordenamiento jurídico provincial satisface con holgura las cuestiones
atinentes al medio ambiente, a los recursos naturales y a la
participación de las comunidades aborígenes”. También aduce que la
Unidad de Gestión Ambiental es el espacio de participación y que las
comunidades son consultadas en los proyectos mineros. Lo que el Fiscal
omite reconocer es que la representación indígena allí es mínima, pero
además no reconoce que provincia no cuenta con un procedimiento claro,
específico y adecuado culturalmente para consultar a las comunidades
indígenas. Si consulta, lo hace mal.
Tampoco cuenta con
procedimientos para el consentimiento previo libre e informado. Los
mecanismos existentes actualmente, no responden a los estándares del
derecho indígena y además no se ha garantizado a las comunidades que en
las lábiles instancias de consulta puedan contar con los elementos para
poder dirimir los informes de impacto ambiental, con el asesoramiento
adecuado para interpretar los datos allí provistos.
El Fiscal olvida además
reconocer que en todo el debate por el litio, que importa un debate
sobre el tipo de desarrollo, el Estado no se ha esforzado por garantizar
la participación de todas las comunidades ubicadas en la región del
litio. Si así hubiera sido, las 33 comunidades que promueven la demanda
ante la Corte, no hubieran tenido que judicializar su reclamo.
Se ha definido una política de desarrollo basada en la explotación de recursos naturales
La líder del COAJ, Natalia
Sarapura, después de analizar lo sucedido en la audiencia celebrada en
la Corte, observó que el Gobierno de la Provincia ha definido “una
política de desarrollo basada en la explotación de recursos naturales.
Esta política ha sido implementada a través de diversas acciones e
instrumentos y en todo ese proceso no hubo participación de las
comunidades indígenas”. De hecho, el Poder Ejecutivo emitió un decreto
refrendado después por la Legislatura- que declaró al litio mineral
estratégico. Las comunidades, se enteraron de los hechos consumados.
No tuvieron tampoco
participación en el debate sobre la distribución de las regalías. Cuando
se aprobó una ley al respecto, la Legislatura omitió considerar a las
comunidades, en cuyos territorios ancestrales se enclavan los
yacimientos, como sujetos de percepción de esos beneficios. Tampoco
tuvieron participación alguna en la creación del Comité de Expertos que
se constituyó como una instancia de revisión de las autorizaciones para
la explotación de litio. De hecho no integran ese Comité, porque
evidentemente no se reconoce como un saber experto al conocimiento
tradicional y ancestral de las comunidades. Pero no sólo no se ha dado
participación, sino que no se ha provisto información suficiente y
asequible.
El estado está obligado, en
virtud de su deber de garantizar el acceso a la información pública, a
tener la iniciativa en brindar datos sobre temas de interés público,
como lo es la minería. Y con las comunidades además está obligado a
generar los mecanismos para garantizar que esa información sea
aprehendida, comprendida, interpretada, porque solo de esa manera es
posible emitir opiniones y tomar decisiones. La titular del COAJ,
observó también que “se ha creado una empresa estatal para el desarrollo
de la actividad minera (JEMSE) y en esa empresa no se da ninguna
participación a los pueblos indígenas”.
Y advierte tajante: “en Jujuy
hay una política de estado, que puede verse en los actos del Poder
Ejecutivo y del parlamento, que se desarrolla en pos de garantizar la
explotación del litio, sin consulta a las comunidades”. Insiste la líder
en que “hay una estructura del Estado garantizando esa explotación y
las Salinas Grandes constituye un territorio con potencialidad en tal
sentido. Sin embargo hay una voluntad manifiesta de no discutir con las
comunidades que habitan ese territorio y que poro eso llegaron a la
Corte”.
Sarapura, recordó que “el Estado
es garante de derechos, pero en estos territorios indígenas han
ocurrido conculcaciones, sin que el Estado mediara. Hay comunidades en
la zona de Salinas Grandes que han sido visitadas por particulares y
empresas; allí hubieron perforaciones efectuadas sin autorización
estatal, lo que revela una deficiencia en el poder de policía minero”
dice y señala que la Provincia, no parece estar preparada para poder
ejercer controles que garanticen que no se violarán los derechos de las
comunidades.
La dirigente indígena aclaró que
el debate no es “litio si o litio no, ni minería si o minería no, el
debate que pretendemos y el reclamo que están haciendo las 33
comunidades de Salinas Grandes es que deben ser informadas en forma
adecuada, deben participar, deben ser consultadas, y cuando los
proyectos sean de alto impacto debe requerírsele el consentimiento
previo, libre e informado”. Para esto hay que sortear prácticas
enraizadas en las instituciones públicas, la opacidad informativa, la
falta de pertinencia cultural de la información, la ausencia de asesores
o técnicos independientes que puedan acompañar a las comunidades, la
subestimación de los pueblos indígenas como sujetos de derecho y la
ausencia, en definitiva de una institucionalildad estatal que permita
gestionar la cuestión indígena, en una provincia que es multiétnica y
pluricultural.
“Para que las comunidades puedan
ejercer en forma autónoma su derecho a expresarse, a consentir o
disentir, para que puedan dar una autorización, necesitan que se
garanticen procedimientos en base al derecho indígena. De lo contrario,
no pueden tomar una decisión libremente” explica Natalia Sarapura.
Expectativas después de la audiencia
La Coordinadora General del
COAJ, Natalia Sarapura, señaló que existe una enorme expectativa en los
pueblos indígenas, por lo que pueda decidir la Corte, después de haber
escuchado a las partes en litigio. “Los derechos de los pueblos
indígenas siguen siendo un desafío en la Argentina” sentenció la líder
indígena y señaló que si bien en 1994 se incorporaron a Constitución
Nacional, “la institucionalidad del estado no ha cambiado para receptar
estos derechos y gerenciar la diversidad”.
Que las comunidades de Salinas
hayan podido llegar a la Corte, implica en sí mismo un avance, porque
expresa un reconocimiento de una institución estatal a pueblos
originarios. De hecho, los supremos por primera vez escucharon a
comunidades andinas y, unas semanas antes, hicieron lo mismos con
representantes de la comunidad qom “La Primavera” de Formosa. “Esto
habla de la importancia que está adquiriendo la cuestión indígena en el
escenario nacional” valora optimista Sarapura .
La dirigente contrapone ese
avance a las realidades locales, donde “.las acciones de los gobiernos
provinciales de Jujuy y Salta dan cuenta de su vocación de desconocer o
no escuchar a las comunidades”. Natalia Sarapura se esperanza con que el
máximo tribunal argentino realice recomendaciones al Gobierno de Jujuy
para que implemente procedimientos -basados en el derecho indígena y en
la jurisprudencia del sistema interamericano- que permitan garantizar el
derecho a la participación, la consulta y el consentimiento, previo,
libre e informado, un tema en debate en l América Latina.
“Somos conscientes que la
problemática planteada en la Corte toca muchos intereses, pero somos
pueblos con una capacidad de resistencia histórica y sostenemos una
lucha ancestral. Hemos hecho múltiples acciones para visibilizar la
violación de derechos en el escenario nacional e internacional y vamos a
seguir con estas acciones”, agrega.
Liborio Flores, un interlocutor indígena en la corte
“Por el litio entraron empresas
mineras, hicieron pozos, hubo derrames de agua dulce, manchas en el
salar, hicieron terraplenes. Y todo ha sucedido sin que pudiéramos
opinar. Los gobiernos nunca nos han consultado”, afirmó Liborio Flores,
el representante indígena de Salinas en la Corte. El dirigente historizó
las luchas de los pueblos indígenas por sus tierras, como la Batalla de
Quera y el Malón de la Paz y reclamó además por los retrasos en las
entregas de tierras.
“Con la reforma de la
Constitución de 1994, cuando el Estado reconoció a los pueblos
indígenas, nos dieron una esperanza de recuperar nuestros territorios,
el salar y poder trabajar. Sin embargo, la instrumentación de ese
entramado constitucional se ha hecho demasiado largo en las provincias,
no tenemos el reconocimiento de los territorios”, cuestionó. Flores,
durante su intervención en la Corte, recordó que hace dos años las
empresas llegaron hasta la comunidad y hablaron con pocas familias para
ofrecerles trabajos y otros beneficios.
“Eso ha hecho que nuestra en
comunidad se produzcan divisiones”, lamentó y recordó que nunca se
cumplió la consulta libre, previa e informada que establece la ley
nacional e internacional.
“Queremos preservar integridad
cultural de nuestros pueblos, pero para eso necesitamos preservar la
integridad de nuestros territorios. Queremos cuidar el medio ambiente,
que es la vida de nuestros pueblos”, afirmó durante su intervención ante
la Corte y sintetizó el reclamo: “Pedimos el cumplimiento de los
derechos indígenas”.
Voces de protagonistas del
reclamo Los dirigentes indígenas de las comunidades de Salinas Grandes,
tras la audiencia celebrada en la Corte, se encuentran ahora en estado
de deliberación permanente. Están informando a sus comunidades y
analizando lo sucedido y las acciones que desarrollarán.
Verónica Chávez es de Santuario
de Tres Pozos, una de las comunidades alertadas por perforaciones. Ha
dado una explicación simple y clara del conflicto que llevó a las
comunidades a la justicia. “Sacaron agua dulce que está debajo y después
se empezó a desarmar la salina.
Esto es perjudicial para
nosotros porque sacamos la sal de arrastre de la superficie. Y en esa
parte donde se hizo el pozo .hemos perdido a la salina. Pero además, las
empresa han realizado caminos por medio del salar para que cruzaran
sus camionetas.
Y todo, sin consultarnos ni
nada”. Lino Alfredo Casimiro, dirigente de la comunidad Corralitos,
precisa porqué las comunidades defienden las Salinas Grandes, un
territorio que ven amenazado ante la posibilidad de avances de proyectos
mineros. “Estamos en plena puna, allí nuestro principal recurso es la
sal y no queremos que contaminen el territorio porque además subsistimos
de una agricultura y ganadería en pequeña escala”.
“El Gobierno de Jujuy hace oídos
sordos, nosotros queremos que nos consulten a las comunidades, porque
no queremos tener que irnos de acá”, agrega.
Félix Vedia de la comunidad de
Abralaite, explica que las comunidades saben que en sus territorios hay
pedimentos para la exploración de litio. “Por eso hicimos llegar nuestro
reclamo a la Corte, porque queríamos que nos escuchen y que hagan
cumplir nuestros derechos”. “Llegar a la Corte ha sido un logro, ha sido
un paso importante, ahora vamos a seguir organizándonos para continuar
esta lucha” advierte..
Por su parte, Clemente Flores de
El Moreno, expresó su decepción por las expresiones vertidas por la
representación del Gobierno en la Corte. “Nos vimos defraudados y nos
preocupa que el Gobierno de Jujuy desconozca a las comunidades de las
Salinas Grandes. Este es un territorio indígena y el Estado parece
desconocerlo”.
Flores además recuerda que la
problemática de las Salinas ha merecido la atención del Relator de la
ONU para pueblos indígenas y del Comité de Derechos Económicos, Sociales
y Culturales del sistema de Naciones Unidas. Jose Sarapura de Cobres es
enfático al manifestar el deseo colectivo que une a estas 33
comunidades: “queremos que los gobiernos nos respeten como ciudadanos
que pertenecemos a pueblos originarios. Queremos que las leyes, la
Constitución Nacional y el Convenio 169 de la OIT se cumplan”.
Nicolás Alancay por su parte,
explica el valor de la sal y del agua. “Son sagradas para las
comunidades originarias. Sin ellas no podemos vivir, no podemos ser. No
son un recurso más que se pueda comercializar, no tienen valor económico
sino que son elementos vitales”. Esta dimensión antropológica atraviesa
el debate suscitado, porque la cosmovisión indígena, la concepción de
los pueblos en torno a la existencia, es constituyente del derecho que
reclaman las comunidades.
“Tenemos entendido que para la
extracción del litio se usa agua dulce. Tenemos miedo que en esa agua se
vaya terminando y que nos quedemos en un futuro sin agua” expresa al
materializar el temor que suscitaron las perforaciones y la
desinformación. Walter Alancay de Cerro Negro comparte el temor.
“Tenemos miedo que nuestros nietos queden con un territorio contaminado o
donde no se puedan realizar nuestras prácticas, nuestros sembradíos.
Tenemos miedo que se sequen esas
aguadas y que nuestros jóvenes se tengan que trasladar a grandes
ciudades. Por eso reclamamos que el gobierno nos consulte”. Esa es la
pretensión de las comunidades de la cuenca que abarca unas 12 mil
hectáreas y donde habitan alrededor de 6500 personas.
Adolfo Pérez Esquivel: El SERPAJ en defensa del derecho a la vida y la cultura de los pueblos
El Servicio de Paz y Justicia es
una de las instituciones amigas del tribunal que elevó planteos a la
Corte en apoyo al reclamo indígena. Su titular, el Premio Nobel de la
Paz, Adolfo Pérez Esquivel explicó la decisión de su institución de
acompañar a las comunidades de Salinas Grandes. “Entendemos que se trata
de una cuestión donde está en juego el derecho del pueblo a que se
respete su vida, su identidad y su cultura. Las empresas mineras que
entran a los territorios indígenas son depredadoras, van a saquear y
después dejan un gran desierto, hambre y pobreza, como lo hemos visto en
todas las partes del mundo”.
El dirigente valora la
convocatoria a audiencia efectuada por la Corte Suprema de Justicia de
la Nación. “Ha sido un ámbito donde se han podido expresar las
comunidades y donde hemos podido constatar que, lamentablemente, hay
gobiernos que apoyan este tipo de política minera que privilegia el
capital financiero por sobre la vida de los pueblos indígenas” observa.
Pérez Esquivel anticipa en América Latina y en Argentina, una creciente
conflictividad social, determinada por las reacciones ciudadanas ante
los avances de la megaminería.
“Estamos en una lucha, el
gobierno nacional tiene una política determinada de avanzar en la
explotación minera” afirma y confía en que “la resistencia del pueblo”
obligará a un debate y pondrá sobre la mesa una realidad que aún
permanece oculta: la decisión de privilegiar los intereses de las
mineras, por sobre los pueblos.

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