Existe enorme expectativa en pueblos indígenas por lo que pueda decidir la Corte Suprema de Justicia

JUJUY
Lo sucedido hace unos pocos días en la sala de audiencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, es una metáfora de las desigualdades que impactan al mundo indígena y un indicador del extenso camino que habrá que recorrer en Argentina, para que la multiculturalidad y la efectivización de los derechos de los pueblos que preexistieron al Estado, sean una realidad.


El imponente edificio de la Corte, que arquitectónicamente responde al clasisismo europeo, está plagado de los símbolos de aquella Vieja Europa que se lanzó a la conquista. Hay en ese espacio algo de esa antigua tensión entre conquistadores y conquistados que insiste, que retorna y se expresa en la ritualidad de la justicia. El espacio está inundado por un conjunto de prácticas, de gestos, de productos simbólicos a través de los cuales se ejerce también el poder, se controla y se disciplina. Cierto es que esta es una Corte progresista, pero no deja de estar atravesada por los símbolos de la cultura dominante y una suerte de etnocentrismo.

La Sala de Audiencias, es un gran espacio alargado con una bóveda de cañón casetonada. Sus paredes están recubiertas de madera de cedro. Sobre el sitial del Presidente de la Corte, se halla una réplica del "Cristo de los Constituyentes". Desde allí, los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Carlos Fayt, lanzaron impertérritos sus interrogaciones a las partes convocadas: el Gobierno de la Provincia de Jujuy y las comunidades indígenas que reclamaron a ese tribunal que condene al Estado por violentar su derecho a la participación, la consulta y el consentimiento previo, libre e informado.

La demanda fue la reacción frente a perforaciones –sin autorización estatal, aparentemente- realizadas en la región de la Cuenca de Guayatayoc, Salinas Grandes, en un contexto definido por el boom del litio. Las comunidades temen que la explotación del litio altere ese ecosistema y las prive de su fuente principal de subsistencia, las salinas. Esto obligaría a una transmigración, un fenómeno que crece a medida que se extiende el modelo de desarrollo extractivo y que aumenta la vulnerabilidad de los pueblos indígenas.

La convocatoria de la Corte a una audiencia para escuchar a las partes involucradas, es sin dudas un avance en la interlocución entre los pueblos y el Estado, y un reconocimiento de su existencia. Algo no menor, en un país que se había obstinado en invisibilizar su componente étnico. Es un hito en el proceso de reconocimiento y en el intento por comprender la especificidad del derecho indígena que está enraizado en una concepción diferente a la de Occidente, y que por ello requiere una experticia ya no sólo jurídica, sino también antropológica.

Que reclaman las Comunidades Indigenas de Salinas

Durante la audiencia, la Corte solicitó insistentemente a la representación de las comunidades -a cargo del dirigente Liborio Flores y la abogada Alicia Chalabe- precisiones sobre el objeto de la demanda y lo que se espera ese tribunal requiera finalmente al Estado. Los miembros de la Corte, daban cuenta en ese proceso de la dificultad para interpretar la demanda indígena, que puso en debate cómo se vincula el Estado con los pueblos originarios.

Insistentemente también la abogada, definió “esperamos un proceso de consulta con los estándares de derechos humanos” y señaló las pautas que deben regir ese procedimiento y que fueron fijadas por la Corte Interamericana de Derechos Humano en el fallo Saramaka vs Surinam.

Allí el máximo órgano del sistema interamericano recordó en primer término que “los Estados deben respetar la especial relación que los miembros de los pueblos indígenas y tribales tienen con su territorio a modo de garantizar su supervivencia social, cultural y económica”. Un concepto que varias veces fue explicado por la abogada Chalabe: la relación de las comunidades con su territorio es una relación “casi humana”, define su identidad y su existencia misma. Las comunidades son en el territorio y sin él, desaparecen.

En el fallo mencionado, la CIDH al condenar a Suriman señaló que “el Estado tiene el deber de consultar, activamente, con la comunidad, según sus costumbres y tradiciones”. Es decir se trata de un procedimiento adecuado culturalmente, con los métodos tradicionales de su pueblo.

Pero además ese deber ·requiere que “el Estado acepte y brinde información, e implica una comunicación constante entre las partes. Las consultas deben realizarse de buena fe, a través de procedimientos culturalmente adecuados y deben tener como fin llegar a un acuerdo”. El procedimiento, entonces requiere de una actitud proactiva del Estado en la provisión de información, información que debe ser comprensible para las comunidades, debe ser oportuna y suficiente para entender las intervenciones que se prevén en su territorio y sus posibles efectos.

Pero además la CIDH avanza en precisiones y señala que el deber de consulta debe garantizarse en las primeras etapas del plan de desarrollo o inversión, y no únicamente cuando surja la necesidad de obtener la aprobación, por ejemplo para un proyecto minero. Es decir, debe haber un esfuerzo por participarle a las comunidades los proyectos de desarrollo antes de que se definan.

La CIDH en ese fallo además señala que el Estado, debe asegurarse que los indígenas ·tengan conocimiento de los posibles riesgos, incluido los riesgos ambientales y de salubridad, a fin de que acepten el plan de desarrollo o inversión propuesto con conocimiento y de forma voluntaria”.

Pero además, la Corte no solo define el derecho de participación y consulta de las comunidades, sino que además precisa el derecho al consentimiento previo, libre e informado, tomando los aportes de la Relatoría Especial de la ONU sobre pueblos indígenas. “Siempre que se lleven a cabo proyectos a gran escala en áreas ocupadas por pueblos indígenas, es probable que estas comunidades tengan que atravesar cambios sociales y económicos profundos que las autoridades competentes no son capaces de entender, mucho menos anticipar.

Los efectos principales […] comprenden la pérdida de territorios y tierra tradicional, el desalojo, la migración y el posible reasentamiento, agotamiento de recursos necesarios para la subsistencia física y cultural, la destrucción y contaminación del ambiente tradicional, la desorganización social y comunitaria, los negativos impactos sanitarios y nutricionales de larga duración [y], en algunos casos, abuso y violencia. En consecuencia, el Relator Especial de la ONU determinó que “es esencial el consentimiento libre, previo e informado para la protección de los derechos humanos de los pueblos indígenas en relación con grandes proyectos de desarrollo”.

Nada de esto ha ocurrido en las Salinas Grandes, donde según el Fiscal de Estado Alberto Matuk, no hay autorizaciones para trabajos de exploración o explotación. Sin embargo, la información pública de empresas como Orocobre, alertan sobre previsiones en ese sentido en la región. El Fiscal, ante la Corte, negó que haya autorizaciones, aunque si reconoce que hay pedimentos que aún no se han resuelto.

Las comunidades lo que saben con certeza es que hay una política de Estado que ha definido como eje del desarrollo económico la explotación del litio. Y esto no ha sido un tema consultado previamente a los pueblos indígenas, ni se les ha provisto información para que pudieran tener conocimiento y reducir la incertidumbre y la desazón que genera el no conocer lo que está sucediendo.

Lo que también saben las comunidades que concurrieron a la Corte es que hay litio en las Salinas. Y conocen, porque lo han vivido, la intromisión en sus territorios de particulares que representarían a empresas.

De hecho, la comunidad de Santuario de Tres Pozos observó un área inundada tras una perforación realizada en el marco de trabajos de prospección minera. Un informe técnico efectuado a pedido del COAJ, por el Dr. En Biología Jorge Gonnet y el Dr. En Geología Aníbal Manzur determinó que la situación se produjo al haberse afectado un acuífero y destacó que “esta situación de inundación está afectando la condición natural de la salina en el sitio”.

Los técnicos advirtieron entonces que “si la condición de surgencia se extiende en el tiempo, se generará una importante superficie de agua permanente, que provocará un impacto significativo sobre el sistema salino, afectando la posibilidad de la explotación tradicional de sales”. Situaciones similares vivieron las comunidades de Cobres, Tipán y Cerro Negro de Salta, quienes observaron la realización de pozos con una máquina perforadora en el sector del Salar de Salinas Grandes, que también generó inundaciones con “agua que fluye y es dulce”.El Estado, debe obtener el consentimiento de los pueblos indígenas para llevar a cabo planes de desarrollo o inversión a gran escala que tengan un impacto significativo en el derecho al uso y goce de sus territorios ancestrales. Esto es lo que debió ocurrir en Salinas.

Y la participación y consulta debió ser desde el inicio, aún cuando no haya aún exploraciones.. El Fiscal de Estado entiende, porque así lo dijo ante la Corte, que “el ordenamiento jurídico provincial satisface con holgura las cuestiones atinentes al medio ambiente, a los recursos naturales y a la participación de las comunidades aborígenes”. También aduce que la Unidad de Gestión Ambiental es el espacio de participación y que las comunidades son consultadas en los proyectos mineros. Lo que el Fiscal omite reconocer es que la representación indígena allí es mínima, pero además no reconoce que provincia no cuenta con un procedimiento claro, específico y adecuado culturalmente para consultar a las comunidades indígenas. Si consulta, lo hace mal.

Tampoco cuenta con procedimientos para el consentimiento previo libre e informado. Los mecanismos existentes actualmente, no responden a los estándares del derecho indígena y además no se ha garantizado a las comunidades que en las lábiles instancias de consulta puedan contar con los elementos para poder dirimir los informes de impacto ambiental, con el asesoramiento adecuado para interpretar los datos allí provistos.

El Fiscal olvida además reconocer que en todo el debate por el litio, que importa un debate sobre el tipo de desarrollo, el Estado no se ha esforzado por garantizar la participación de todas las comunidades ubicadas en la región del litio. Si así hubiera sido, las 33 comunidades que promueven la demanda ante la Corte, no hubieran tenido que judicializar su reclamo.

Se ha definido una política de desarrollo basada en la explotación de recursos naturales

La líder del COAJ, Natalia Sarapura, después de analizar lo sucedido en la audiencia celebrada en la Corte, observó que el Gobierno de la Provincia ha definido “una política de desarrollo basada en la explotación de recursos naturales. Esta política ha sido implementada a través de diversas acciones e instrumentos y en todo ese proceso no hubo participación de las comunidades indígenas”. De hecho, el Poder Ejecutivo emitió un decreto refrendado después por la Legislatura- que declaró al litio mineral estratégico. Las comunidades, se enteraron de los hechos consumados.

No tuvieron tampoco participación en el debate sobre la distribución de las regalías. Cuando se aprobó una ley al respecto, la Legislatura omitió considerar a las comunidades, en cuyos territorios ancestrales se enclavan los yacimientos, como sujetos de percepción de esos beneficios. Tampoco tuvieron participación alguna en la creación del Comité de Expertos que se constituyó como una instancia de revisión de las autorizaciones para la explotación de litio. De hecho no integran ese Comité, porque evidentemente no se reconoce como un saber experto al conocimiento tradicional y ancestral de las comunidades. Pero no sólo no se ha dado participación, sino que no se ha provisto información suficiente y asequible.

El estado está obligado, en virtud de su deber de garantizar el acceso a la información pública, a tener la iniciativa en brindar datos sobre temas de interés público, como lo es la minería. Y con las comunidades además está obligado a generar los mecanismos para garantizar que esa información sea aprehendida, comprendida, interpretada, porque solo de esa manera es posible emitir opiniones y tomar decisiones. La titular del COAJ, observó también que “se ha creado una empresa estatal para el desarrollo de la actividad minera (JEMSE) y en esa empresa no se da ninguna participación a los pueblos indígenas”.

Y advierte tajante: “en Jujuy hay una política de estado, que puede verse en los actos del Poder Ejecutivo y del parlamento, que se desarrolla en pos de garantizar la explotación del litio, sin consulta a las comunidades”. Insiste la líder en que “hay una estructura del Estado garantizando esa explotación y las Salinas Grandes constituye un territorio con potencialidad en tal sentido. Sin embargo hay una voluntad manifiesta de no discutir con las comunidades que habitan ese territorio y que poro eso llegaron a la Corte”.

Sarapura, recordó que “el Estado es garante de derechos, pero en estos territorios indígenas han ocurrido conculcaciones, sin que el Estado mediara. Hay comunidades en la zona de Salinas Grandes que han sido visitadas por particulares y empresas; allí hubieron perforaciones efectuadas sin autorización estatal, lo que revela una deficiencia en el poder de policía minero” dice y señala que la Provincia, no parece estar preparada para poder ejercer controles que garanticen que no se violarán los derechos de las comunidades.

La dirigente indígena aclaró que el debate no es “litio si o litio no, ni minería si o minería no, el debate que pretendemos y el reclamo que están haciendo las 33 comunidades de Salinas Grandes es que deben ser informadas en forma adecuada, deben participar, deben ser consultadas, y cuando los proyectos sean de alto impacto debe requerírsele el consentimiento previo, libre e informado”. Para esto hay que sortear prácticas enraizadas en las instituciones públicas, la opacidad informativa, la falta de pertinencia cultural de la información, la ausencia de asesores o técnicos independientes que puedan acompañar a las comunidades, la subestimación de los pueblos indígenas como sujetos de derecho y la ausencia, en definitiva de una institucionalildad estatal que permita gestionar la cuestión indígena, en una provincia que es multiétnica y pluricultural.

“Para que las comunidades puedan ejercer en forma autónoma su derecho a expresarse, a consentir o disentir, para que puedan dar una autorización, necesitan que se garanticen procedimientos en base al derecho indígena. De lo contrario, no pueden tomar una decisión libremente” explica Natalia Sarapura.

Expectativas después de la audiencia

La Coordinadora General del COAJ, Natalia Sarapura, señaló que existe una enorme expectativa en los pueblos indígenas, por lo que pueda decidir la Corte, después de haber escuchado a las partes en litigio. “Los derechos de los pueblos indígenas siguen siendo un desafío en la Argentina” sentenció la líder indígena y señaló que si bien en 1994 se incorporaron a Constitución Nacional, “la institucionalidad del estado no ha cambiado para receptar estos derechos y gerenciar la diversidad”.

Que las comunidades de Salinas hayan podido llegar a la Corte, implica en sí mismo un avance, porque expresa un reconocimiento de una institución estatal a pueblos originarios. De hecho, los supremos por primera vez escucharon a comunidades andinas y, unas semanas antes, hicieron lo mismos con representantes de la comunidad qom “La Primavera” de Formosa. “Esto habla de la importancia que está adquiriendo la cuestión indígena en el escenario nacional” valora optimista Sarapura .

La dirigente contrapone ese avance a las realidades locales, donde “.las acciones de los gobiernos provinciales de Jujuy y Salta dan cuenta de su vocación de desconocer o no escuchar a las comunidades”. Natalia Sarapura se esperanza con que el máximo tribunal argentino realice recomendaciones al Gobierno de Jujuy para que implemente procedimientos -basados en el derecho indígena y en la jurisprudencia del sistema interamericano- que permitan garantizar el derecho a la participación, la consulta y el consentimiento, previo, libre e informado, un tema en debate en l América Latina.

“Somos conscientes que la problemática planteada en la Corte toca muchos intereses, pero somos pueblos con una capacidad de resistencia histórica y sostenemos una lucha ancestral. Hemos hecho múltiples acciones para visibilizar la violación de derechos en el escenario nacional e internacional y vamos a seguir con estas acciones”, agrega.

Liborio Flores, un interlocutor indígena en la corte

“Por el litio entraron empresas mineras, hicieron pozos, hubo derrames de agua dulce, manchas en el salar, hicieron terraplenes. Y todo ha sucedido sin que pudiéramos opinar. Los gobiernos nunca nos han consultado”, afirmó Liborio Flores, el representante indígena de Salinas en la Corte. El dirigente historizó las luchas de los pueblos indígenas por sus tierras, como la Batalla de Quera y el Malón de la Paz y reclamó además por los retrasos en las entregas de tierras.

“Con la reforma de la Constitución de 1994, cuando el Estado reconoció a los pueblos indígenas, nos dieron una esperanza de recuperar nuestros territorios, el salar y poder trabajar. Sin embargo, la instrumentación de ese entramado constitucional se ha hecho demasiado largo en las provincias, no tenemos el reconocimiento de los territorios”, cuestionó. Flores, durante su intervención en la Corte, recordó que hace dos años las empresas llegaron hasta la comunidad y hablaron con pocas familias para ofrecerles trabajos y otros beneficios.

“Eso ha hecho que nuestra en comunidad se produzcan divisiones”, lamentó y recordó que nunca se cumplió la consulta libre, previa e informada que establece la ley nacional e internacional.

“Queremos preservar integridad cultural de nuestros pueblos, pero para eso necesitamos preservar la integridad de nuestros territorios. Queremos cuidar el medio ambiente, que es la vida de nuestros pueblos”, afirmó durante su intervención ante la Corte y sintetizó el reclamo: “Pedimos el cumplimiento de los derechos indígenas”.

Voces de protagonistas del reclamo Los dirigentes indígenas de las comunidades de Salinas Grandes, tras la audiencia celebrada en la Corte, se encuentran ahora en estado de deliberación permanente. Están informando a sus comunidades y analizando lo sucedido y las acciones que desarrollarán.

Verónica Chávez es de Santuario de Tres Pozos, una de las comunidades alertadas por perforaciones. Ha dado una explicación simple y clara del conflicto que llevó a las comunidades a la justicia. “Sacaron agua dulce que está debajo y después se empezó a desarmar la salina.

Esto es perjudicial para nosotros porque sacamos la sal de arrastre de la superficie. Y en esa parte donde se hizo el pozo .hemos perdido a la salina. Pero además, las empresa han realizado caminos por medio del salar para que cruzaran sus camionetas.

Y todo, sin consultarnos ni nada”. Lino Alfredo Casimiro, dirigente de la comunidad Corralitos, precisa porqué las comunidades defienden las Salinas Grandes, un territorio que ven amenazado ante la posibilidad de avances de proyectos mineros. “Estamos en plena puna, allí nuestro principal recurso es la sal y no queremos que contaminen el territorio porque además subsistimos de una agricultura y ganadería en pequeña escala”.

“El Gobierno de Jujuy hace oídos sordos, nosotros queremos que nos consulten a las comunidades, porque no queremos tener que irnos de acá”, agrega.

Félix Vedia de la comunidad de Abralaite, explica que las comunidades saben que en sus territorios hay pedimentos para la exploración de litio. “Por eso hicimos llegar nuestro reclamo a la Corte, porque queríamos que nos escuchen y que hagan cumplir nuestros derechos”. “Llegar a la Corte ha sido un logro, ha sido un paso importante, ahora vamos a seguir organizándonos para continuar esta lucha” advierte..

Por su parte, Clemente Flores de El Moreno, expresó su decepción por las expresiones vertidas por la representación del Gobierno en la Corte. “Nos vimos defraudados y nos preocupa que el Gobierno de Jujuy desconozca a las comunidades de las Salinas Grandes. Este es un territorio indígena y el Estado parece desconocerlo”.

Flores además recuerda que la problemática de las Salinas ha merecido la atención del Relator de la ONU para pueblos indígenas y del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales del sistema de Naciones Unidas. Jose Sarapura de Cobres es enfático al manifestar el deseo colectivo que une a estas 33 comunidades: “queremos que los gobiernos nos respeten como ciudadanos que pertenecemos a pueblos originarios. Queremos que las leyes, la Constitución Nacional y el Convenio 169 de la OIT se cumplan”.

Nicolás Alancay por su parte, explica el valor de la sal y del agua. “Son sagradas para las comunidades originarias. Sin ellas no podemos vivir, no podemos ser. No son un recurso más que se pueda comercializar, no tienen valor económico sino que son elementos vitales”. Esta dimensión antropológica atraviesa el debate suscitado, porque la cosmovisión indígena, la concepción de los pueblos en torno a la existencia, es constituyente del derecho que reclaman las comunidades.

“Tenemos entendido que para la extracción del litio se usa agua dulce. Tenemos miedo que en esa agua se vaya terminando y que nos quedemos en un futuro sin agua” expresa al materializar el temor que suscitaron las perforaciones y la desinformación. Walter Alancay de Cerro Negro comparte el temor. “Tenemos miedo que nuestros nietos queden con un territorio contaminado o donde no se puedan realizar nuestras prácticas, nuestros sembradíos.

Tenemos miedo que se sequen esas aguadas y que nuestros jóvenes se tengan que trasladar a grandes ciudades. Por eso reclamamos que el gobierno nos consulte”. Esa es la pretensión de las comunidades de la cuenca que abarca unas 12 mil hectáreas y donde habitan alrededor de 6500 personas.

Adolfo Pérez Esquivel: El SERPAJ en defensa del derecho a la vida y la cultura de los pueblos

El Servicio de Paz y Justicia es una de las instituciones amigas del tribunal que elevó planteos a la Corte en apoyo al reclamo indígena. Su titular, el Premio Nobel de la Paz, Adolfo Pérez Esquivel explicó la decisión de su institución de acompañar a las comunidades de Salinas Grandes. “Entendemos que se trata de una cuestión donde está en juego el derecho del pueblo a que se respete su vida, su identidad y su cultura. Las empresas mineras que entran a los territorios indígenas son depredadoras, van a saquear y después dejan un gran desierto, hambre y pobreza, como lo hemos visto en todas las partes del mundo”.

El dirigente valora la convocatoria a audiencia efectuada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación. “Ha sido un ámbito donde se han podido expresar las comunidades y donde hemos podido constatar que, lamentablemente, hay gobiernos que apoyan este tipo de política minera que privilegia el capital financiero por sobre la vida de los pueblos indígenas” observa. Pérez Esquivel anticipa en América Latina y en Argentina, una creciente conflictividad social, determinada por las reacciones ciudadanas ante los avances de la megaminería.

“Estamos en una lucha, el gobierno nacional tiene una política determinada de avanzar en la explotación minera” afirma y confía en que “la resistencia del pueblo” obligará a un debate y pondrá sobre la mesa una realidad que aún permanece oculta: la decisión de privilegiar los intereses de las mineras, por sobre los pueblos.

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