ARGENTINA
En línea con el fallo Arriola de la Corte Suprema, el senador Aníbal Fernández presentó un proyecto que no criminaliza la tenencia de estupefacientes siempre que sea "para consumo personal y no se ponga en peligro la salud de terceros". La propuesta completa
Aníbal Fernández presentó hoy su
proyecto de reforma integral de la ley de estupefacientes, que, entre
otras cosas, propone "no estigmatizar ni perseguir a quien consume e ir
detrás del distribuidor".
Al referirse a la motivación que
impulsa su propuesta, el senador oficialista consideró que la actual
legislacion "formó parte del fracaso de la política criminal en materia
de persecución, represión y sanción de los delitos vinculados al tráfico
ilícito de estupefacientes, al direccionar la operatividad a los
eslabones más débiles".
Entre los fundamentos del
proyecto destacan las referencias a las palabras de los miembros de la
Corte Suprema; citas de estadísticas brindadas por la ONU; y la
consideración de que "los consumidores de drogas son las víctimas más
visibles del flagelo de las bandas criminales del narcotráfico".
En una conferencia de prensa
ofrecida esta tarde en el salón "Arturo Illia" del Senado, Fernández
aclaró que "nuestra vocación no es liberalizar, sino atacar los
elementos del narcotráfico". "Buscamos priorizar los derechos humanos de
segunda generación: primero atender la salud de quien consume y después
atacar el narcotrafico", apuntó.
El proyecto consta de 36
artículos y los siete primeros hacen foco en la "Preparación,
producción, suministro y comercialización de estupefacientes"; entre
ellos destaca el número cinco, que señala: "El que tuviere en su poder
estupefacientes que excedan un consumo personal será penado con UNO (1) a
TRES (3) años de prisión. No es punible la adquisición y tenencia de
estupefacientes cuando, por su escasa cantidad y demás circunstancias,
surgiera que está destinada al consumo personal y no se ponga en peligro
la salud de terceros".
La iniciativa está en línea con
el fallo de la Corte Suprema Arriola, dictado en 2009, en donde se dictó
la inconstitucionalidad del castigo a la tenencia de estupefacientes
para consumo personal. En aquel caso, un joven de Rosario había sido
detenido con una baja dósis de marihuana en su poder.
Si bien este fallo generó un
importante antecedente, muchos tribunales menores continuaron imputando y
condenado a consumidores debido a que las sentencias de la Corte no son
de cumplimiento obligatorio en la Argentina.
Es por eso que Fernández, desde
su etapa de ministro del gobierno de Cristina Kirchner, comenzó a
trabajar en el proyecto para modernizar la legislación vigente de
acuerdo a los criterios establecidos por la Corte.
Los cuatro artículos siguientes
hacen foco en el "Proselitismo"; allí se promueve castigar, con prisión
de seis meses a tres años, la "apología del consumo" de estupefacientes;
si esto se realiza a través de un medio de comunicación masivo, la
condena irá de uno a cuatro años.
El tercer apartado consta de
cinco artículos que hacen foco en la "Responsabilidad de profesionales
del arte de curar y de personas autorizadas a la realización de
actividades lícitas"; en esta parte se advierte que "el profesional que a
título oneroso prescribiera indebidamente estupefacientes, será penado
con prisión de TRES (3) a DOCE (12) años".
En archivos adjuntos, el texto completo del proyecto de ley.

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