JUJUY
La UDAI Jujuy de ANSES
comunica que a partir de este año, los beneficiarios que perciben la
Ayuda Escolar Anual deberán presentar obligatoriamente un formulario
para acreditar la escolaridad de los chicos o el tratamiento de personas
con discapacidad.
Tendrán tiempo para hacerlo
hasta el 31 de octubre de cada año, con una extensión hasta el 31 de
diciembre para niños que concurran a escuelas de verano.
El formulario PS 2.68
“Acreditación de Escolaridad / Escolaridad Especial” ya está disponible
en la página web de organismo,www.anses.gob.ar, en la sección Temas más
consultados / Ayuda Escolar Anual. El titular deberá completarlo en
línea e imprimirlo, asegurándose que el código de barras se lea
correctamente. Posteriormente, deberá llevarlo al establecimiento
educativo para acreditar la concurrencia de los chicos al colegio o
centro de rehabilitación y/o enseñanza diferencial. Una vez completado,
habrá que presentarlo en las delegaciones de ANSES, solicitando un turno
en nuestra página web o a través del número telefónico gratuito 130.
Esta disposición alcanza a todos
los Trabajadores en relación de dependencia, Jubilados y Pensionados,
Beneficiarios de la Ley de Riesgos del Trabajo y de la Prestación por
Desempleo que cobran la Ayuda Escolar Anual a través de ANSES.
El pago se efectivizará de forma
masiva, aún antes de la presentación de este requisito al igual que en
años anteriores, para los chicos menores de 18 años y sin límite de edad
en el caso de hijos con capacidades especiales, a condición que
concurran al Nivel Inicial, Primario o EGB, Secundario o Polimodal; o
que reciban Educación Especial o Tratamiento de Rehabilitación.
En el caso de no presentarse el
formulario dentro del período estipulado, el monto abonado a principio
de año será descontado de las futuras liquidaciones de asignaciones
familiares.
El valor general de la asignación es de $170 y asciende hasta $680, según la zona geográfica de residencia.
La cantidad de chicos alcanzados
con esta medida es de más de 2,6 millones en todo el país y ANSES
destinará más de $ 529 millones para cubrir esta asignación.
¿Cuándo hace ANSES el pago masivo?
• Para los trabajadores y
beneficiarios de ART de empresas incorporadas al SUAF (Sistema Unico de
Asignaciones Familiares) se pone al pago en marzo y abril de cada año
• Para los beneficiarios de la
Prestación por Desempleo se abona a fines de febrero para los que
perciben el Plan 1 y a principios de marzo para los del Plan 2.
• Para los jubilados y pensionados se paga en febrero de cada año, junto con los haberes.
La Asignación por Ayuda Escolar Anual corresponde cuando los menores o personas con discapacidad concurran a establecimientos:
- Nacionales, Provinciales,
Municipales o Privados (subvencionados o no), que se encuentren
incorporados a la Enseñanza Oficial y sujetos a su fiscalización o
adscriptos a la misma, en los cuales se imparta enseñanza por:
- Nivel Inicial (desde los 45
días de vida), abarcando Jardines Maternales, Jardines de Infantes,
Salas Multiedades o Salas Rurales, con distintas secciones y ciclos que
respondan a las necesidades de los menores.
- 1º grado de la Escuela Primaria hasta el 6º año de la Escuela Secundaria o Educación General Básica (EGB) o Polimodal.
En el caso de tratarse de hijos con discapacidad también corresponde esta Asignación cuando los mismos:
- Concurran a Establecimientos
donde se imparta Enseñanza Diferencial o a Talleres Protegidos o
Instituciones de Formación Laboral que ayuden al desarrollo e inserción
del discapacitado, o reciban Enseñanza impartida por maestros
particulares que posean matrícula habilitante, o concurran a
Establecimientos oficiales o privados controlados por autoridad
competente en los que se presten servicios de “rehabilitación”.

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