Reflexiones sobre 22 de octubre, día del Derecho a la Identidad

JUJUY
Hace ya algunos años se estableció el 22 de octubre como Día Nacional del Derecho a la Identidad en conmemoración al inicio de una larga y constante lucha de las abuelas de plaza de mayo por recuperar a los nietos robados por la última dictadura militar.


Esta lucha ciclópea ha logrado recuperar la identidad robada a 105 de los cerca de 500 niños usurpados por un poder que aún hoy sostiene los pactos de silencio, la negación y la impunidad.

Pero la negación o vulneración de la identidad no sólo se ha producido de forma tan brutal como en la dictadura, sino que cotidianamente se reproduce contra toda identidad que no coincida con el canon hegemónico definido como blanco, occidental, heterosexual y cristiano, el cual, no pudiendo negar la trascendencia de este derecho basal ha optado por recortarlo en toda la riqueza de su extensión.

Temporalmente su siego se basa en obviar que la negación de identidad, que tan inhumanamente se aplicó en la dictadura por razones ideológicas, se sigue aplicando hoy por razones económicas, cuando diariamente decenas de recién nacidos que carecen de los suficientes bienes materiales carecen también, por estas condiciones, del goce a un derecho tan basal como el de registrarse para acceder a un DNI.

En su faz de género, la inexistencia de una ley de identidad de género condena a miles de personas de la comunidad GTLB al ostracismo en el ámbito laboral, en el hospitalario, en trámites personales y aún para moverse libremente por el país.

La identidad cultural también le es retaceada a los pueblos originarios, ya sea a través del empleo malicioso de trabas burocráticas que dislatan hasta tornar imposible el reconocimiento a un nombre gestado y aceptado por su cultura, mas no en una lista restrictiva de nombres “aceptables” para el Estado, censura inquisitorial que arrastramos en pleno siglo XXI.

Pero también la ablación de la identidad hacia las culturas originarias se aplica vía el desmembramiento y recorte de una concepción de la identidad que originalmente es inescindible de una comunidad, la tierra y el territorio desde el que se forma, pero a la que los intereses económicos dividen en pos de mano de obra barata y tierra para explotar.

A veces incomprensión y el desdén sobre las identidades no hegemónicas son impulsados por la mera ignorancia de un funcionario incapaz respecto de todas sus obligaciones, pero en otras la xenofobia, la homofobia y la discriminación social son sancionandos con fuerza de ley, como ocurre en el caso del antediluviano Código de Convivencia de Jujuy, que en su artículo 51 dice: “Serán reprimidos con multa de Veinticinco a Cien pesos m/n o con arresto de cinco a veinte días: [… 3º El que desde cualquier paraje se presentare sin suficientes vestidos, o con adornos inmorales” y que reincide en su artículo “63°.- En los bailes públicos se prohíbe: 4°.- El baile inmoral o hacerlo entre hombres...]

La vigencia de acciones y omisiones, leyes y prácticas que reproducen la vulneración del derecho a la identidad constituye asimismo el argumento de la vigencia de la lucha contra el pensamiento hegemónico, hasta lograr un mundo donde la igualdad sea coherentemente construida y no meramente proclamada. Hasta entonces, la identidad más valedera es identificarse con todas estas luchas.

AJI 20 - Área Derechos Humanos

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